Legislación › Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de cooperación y desarrollo sostenible.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Consell aprobará reglamentos de desarrollo de la misma en los siguientes ámbitos:
1. La cooperación internacional al desarrollo.
2. La consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de Naciones Unidas en la Comunitat Valenciana.
Los reglamentos de desarrollo de esta Ley incluirán la regulación de los siguientes órganos: Comisión Interdepartamental para la Cooperación Internacional al Desarrollo, el Comité Permanente de Acción Humanitaria de la Comunitat Valenciana y el Consejo Territorial Sectorial para la Cooperación Internacional al Desarrollo.
Se modifica el apartado 2 por el art. 75.4 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. BOE-A-2025-1
Se modifica el apartado 2 por el art. 74.4 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. DOGV-r-2024-90142
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-1 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2024 | BOE-A-2024-90142 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2017 | Texto original | Leer |
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