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Orden HAC/773/2019, de 28 de junio, por la que se regula la llevanza de los libros registros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 17 de julio de 2019 · Último cambio el 4 de diciembre de 2020 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- Artículo 1. Libros registros en actividades empresariales cuyo rendimiento se determine en la modalidad simplificada del método de estimación directa.
- Artículo 2. Libro registro de ventas e ingresos.
- Artículo 3. Libro registro de compras y gastos.
- Artículo 4. Libro registro de bienes de inversión.
- Artículo 5. Libros registros cuando la actividad empresarial no tenga carácter mercantil en régimen de estimación directa.
- Artículo 6. Libros registros en actividades profesionales.
- Artículo 7. Libros registros en actividades empresariales cuyo rendimiento se determine mediante el método de estimación objetiva.
- Artículo 8. Libros registros de las entidades en régimen de atribución de rentas.
- Artículo 9. Requisitos formales.
- Artículo 10. Plazo para las anotaciones registrales.
- Artículo 11. Rectificación de las anotaciones registrales.
- Artículo 12. Compatibilidad con otros libros. 2 redacciones · cambió el 04/12/2020
- Artículo 13. Obligación de conservación y puesta a disposición de la Administración de facturas y demás documentos acreditativos de las operaciones anotadas en los libros registros.
- Artículo 14. Referencias del Impuesto sobre el Valor Añadido al Impuesto General Indirecto Canario.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- [firma]


