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Legislación › Ley 1/2019, de 14 de junio, para la creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía.

Artículo 5. Relaciones con la Administración autonómica.

Artículo 5. Relaciones con la Administración autonómica.

El Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Andalucía se relacionará en lo relativo a su régimen jurídico y para las cuestiones institucionales y corporativas con la Consejería que tenga atribuida la competencia sobre régimen jurídico de los Colegios Profesionales y, en lo relativo a los contenidos propios de la profesión, con la Consejería competente en materia de salud.

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