Legislación › Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia.
Artículo 37. Efectos de la no apertura de la oficina de farmacia adjudicada.
Artículo 37. Efectos de la no apertura de la oficina de farmacia adjudicada.
Las personas adjudicatarias de los concursos de traslado o de nueva apertura que no procediesen a la apertura de la correspondiente oficina de farmacia en los términos que reglamentariamente se establezcan no podrán participar en el siguiente concurso de traslado o de nueva adjudicación, respectivamente, que se convoque.


