Legislación › Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia.
Artículo 5. Dispensación de medicamentos y productos sanitarios.
Artículo 5. Dispensación de medicamentos y productos sanitarios.
La dispensación de medicamentos y productos sanitarios solo podrá hacerse en los establecimientos y servicios previstos a tal fin en los números 1.a) y 2 del artículo 4, y en las condiciones establecidas para su autorización.


