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Legislación › Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia.

Artículo 5. Dispensación de medicamentos y productos sanitarios.

Artículo 5. Dispensación de medicamentos y productos sanitarios.

La dispensación de medicamentos y productos sanitarios solo podrá hacerse en los establecimientos y servicios previstos a tal fin en los números 1.a) y 2 del artículo 4, y en las condiciones establecidas para su autorización.

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