Legislación › Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.
Artículo 71. Identificación y firma electrónicas del personal empleado público.
Artículo 71. Identificación y firma electrónicas del personal empleado público.
La Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico dotarán a su personal empleado público de los mecanismos de identificación y firma electrónicas necesarios para el desarrollo de sus funciones.


