LexTotal

Legislación › Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.

Artículo 71. Identificación y firma electrónicas del personal empleado público.

Artículo 71. Identificación y firma electrónicas del personal empleado público.

La Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico dotarán a su personal empleado público de los mecanismos de identificación y firma electrónicas necesarios para el desarrollo de sus funciones.

← Artículo 70 Índice Artículo 72 →