LexTotal

Legislación › Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.

Disposición adicional quinta. Actividades de prestación y personal de las entidades instrumentales de derecho privado.

Disposición adicional quinta. Actividades de prestación y personal de las entidades instrumentales de derecho privado.

Las previsiones de la presente ley en materia de servicios públicos digitales y las relativas al personal empleado público serán de aplicación, en lo que proceda, a las actividades de prestación y al personal de las entidades instrumentales del sector público autonómico de derecho privado.

← Disposición adicional cuarta Índice Disposición adicional sexta →