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Legislación › Ley 5/2019, de 2 de agosto, del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.

Artículo 60. Contenido.

Artículo 60. Contenido.

1. Los planes de gestión tendrán, como mínimo, el siguiente contenido:

a) La delimitación de su ámbito de protección.

b) La identificación de los valores que han de protegerse, su estado de conservación y los posibles riesgos que puedan afectar a sus valores naturales.

c) Los objetivos de conservación.

d) Las normas de uso y aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales, destinadas a proteger y conservar o mejorar los valores ambientales.

e) Las normas relativas al uso público, así como a las actividades científicas o educativas.

f) La programación de las actuaciones a desarrollar en el espacio natural.

g) El programa de seguimiento.

h) La identificación de medidas para garantizar la conectividad ecológica, estableciendo o restableciendo corredores con otros espacios naturales de singular relevancia para la biodiversidad.

i) Los instrumentos financieros precisos para cumplir los fines perseguidos con la declaración del espacio.

2. En el caso de los planes de gestión que se elaboren en espacios que, conforme al artículo 49.2, hayan aprobado un plan de ordenación de los recursos naturales, el contenido de los planes de gestión referido en el apartado anterior desarrollará las directrices y criterios del respectivo plan de ordenación de los recursos naturales.

3. En el supuesto del espacio protegido Red Natura 2000, el contenido mínimo del plan de gestión será el siguiente:

a) Delimitación del ámbito territorial.

b) Caracterización socioeconómica.

c) Diagnóstico de los elementos de la biodiversidad.

d) Identificación de las prioridades de conservación.

e) Objetivos de conservación del lugar.

f) Medidas de conservación.

g) Zonificación, en caso de considerarse necesaria.

h) Sistema de seguimiento del lugar.

i) Valoración económica.

j) Evaluación e indicadores de gestión.

Se añade el apartado 3 por el art. 8.2 de la Ley 18/2021, de 27 de diciembre. BOE-A-2022-3415

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-3415 Leer Qué cambió
27 de agosto de 2019 Texto original Leer

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