Legislación › Real Decreto 525/2019, de 13 de septiembre, por el que se califica como Centro de Referencia Nacional al Instituto Galego de Formación en Acuicultura, en el área profesional de Acuicultura y en el área profesional de Buceo, de la familia profesional Marítimo Pesquera, en el ámbito de la formación profesional.
ANEXO
ANEXO
Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la calificación del Centro de Referencia Nacional en el área profesional de Acuicultura y en el área profesional de Buceo de la familia profesional Marítimo Pesquera en el ámbito de la formación profesional
REUNIDOS
De una parte, don Gerardo Gutiérrez Ardoy, Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, nombrado por Real Decreto 846/2018, de 6 de julio, competente para la firma del presente convenio en virtud de lo dispuesto en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y en el artículo 6 del Real Decreto 1383/2008, de 1 de agosto, por el que se aprueba la estructura orgánica y de participación institucional del Servicio Público de Empleo Estatal (CIF número Q2819009H).
De otra parte, la señora doña Clara Sanz López, Directora General de Formación Profesional, nombrada por Real Decreto 842/2018, de 6 de julio, en nombre y representación del Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud de la delegación de competencias de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, establecida de acuerdo al artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, la señora doña Susana Rodríguez Carballo, Directora General de Desarrollo Pesquero de la Consellería del Mar nombrada por Decreto 242/2009, de 23 de abril (DOG n.º 79, del 24 de abril de 2009) en nombre y representación de la Comunidad Autónoma competente para la firma del presente Convenio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2-4 de Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en el secretario general técnico, secretarios generales y jefes territoriales de la Consellería del Mar y en el presidente del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (DOG n.º 180, de 21 de septiembre) y según establecido en el artículo 47.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Actuando las partes en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad jurídica suficiente en cuanto a la mencionada representación para suscribir el presente Convenio y a tal efecto
MANIFIESTAN


