Legislación › Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.
Artículo 15. Normas para la llevanza la contabilidad.
Artículo 15. Normas para la llevanza la contabilidad.
Los titulares de los establecimientos afectados por la normativa de Impuestos Especiales no incluidos en el artículo 2 de esta orden deberán registrar las operaciones objeto de las anotaciones contables en los plazos y con las condiciones establecidas en el artículo 50.4 del Reglamento de los Impuestos Especiales.


