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Legislación › Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales de Fabricación.

Artículo 9. Formato y diseño de los mensajes informáticos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2020 y la del 1 de enero de 2025. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. Formato y diseño de los mensajes informáticos.
Los mensajes informáticos por medio de los cuales se realiza la transmisión, por vía electrónica, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de los datos relativos a los asientos contables de y las comunicaciones relativas a la contabilidad de los productos objeto de los Impuestos Especiales, Especiales de fabricación, se ajustarán a los campos de registro en que se concreta el contenido de los mismos que figuran en el Anexo, anexo, y su formato y diseño serán los que consten en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2024-27529 Leer Qué cambió
1 de enero de 2020 Texto original Leer

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