Legislación › Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.
Disposición transitoria primera. Adaptación de las entidades de voluntariado.
Disposición transitoria primera. Adaptación de las entidades de voluntariado.
Las entidades que dispongan de personal voluntario a la entrada en vigor de esta ley, deberán ajustarse a lo previsto en la misma en el plazo máximo de dieciocho meses.
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