Legislación › Ley 9/2018, de 21 de diciembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Artículo 31. Calificación y reconocimiento de la situación de discapacidad.
Artículo 31. Calificación y reconocimiento de la situación de discapacidad.
1. La calificación del reconocimiento de la situación de discapacidad se llevará a cabo por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria de acuerdo con lo establecido por la legislación aplicable.
2. La competencia para resolver las solicitudes de reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad corresponderá a la consejería competente en materia de servicios sociales.


