LexTotal

Legislación › Circular 4/2019, de 27 de noviembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico.

Artículo 2. Periodos regulatorios.

Artículo 2. Periodos regulatorios.

Cada periodo regulatorio (p) tendrá una duración de 3 años, siendo n el primer año de cada periodo regulatorio y n + 2 el último año.

← Artículo 1 Índice Artículo 3 →