Legislación › Ley 12/2018, de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.
Artículo 37. Plataforma de licitación electrónica de la Junta de Extremadura.
Artículo 37. Plataforma de licitación electrónica de la Junta de Extremadura.
1. La Plataforma de Contratación del Sector Público, a través de su módulo de licitación electrónica, será el medio oficial para la presentación de ofertas y solicitudes de participación en las licitaciones de la Junta de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a ella que tengan la consideración de poder adjudicador.
2. En la Plataforma de Contratación del Sector Público se podrá presentar toda la documentación correspondiente a las licitaciones en curso con garantía de confidencialidad hasta el momento de su apertura, se podrá establecer contacto con el órgano de contratación para llevar a cabo las subsanaciones o aclaraciones a la oferta que se soliciten por parte del mismo y se llevará a cabo la apertura pública de las ofertas cuando el procedimiento lo requiera.


