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Legislación › Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.

ANEXO VII

ANEXO VII

Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado para las instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en el territorio peninsular

Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para líneas

Líneas con un solo circuito Término variable en euros/km y circuito
Líneas aéreas 400 kV. 2.827
Líneas aéreas 220 kV. 2.190
Líneas subterráneas 220 kV. 1.912
Líneas con circuitos múltiples Término variable en euros/km y circuito
Líneas aéreas 400 kV. 2.642
Líneas aéreas 220 kV. 1.977
Líneas subterráneas 220 kV. 1.697

Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para posiciones

Posiciones convencionales

Término variable

–

Euros/posición

Convencional 400 kV. 43.789
Convencional 220 kV. 36.049
Posiciones blindadas

Término variable

–

Euros/posición

Blindada 400 kV. 31.938
Blindada 220 kV. 22.725
Posiciones móviles

Término variable

–

Euros/posición

Móvil 400 kV. 31.938
Móvil 220 kV. 22.725

Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para máquinas

Máquinas de potencia

Término variable

–

Euros/MVA

Transformadores €/MVA. 92
Máquinas de compensación de reactiva

Término variable

–

Euros/MVAr

Reactancias euros/MVAr. 19
Condensadores euros/MVAr. 6

Se añade por el art. 2.10 de la Circular 7/2025, de 16 de diciembre. BOE-A-2025-26676

Téngase en cuenta que el primer periodo regulatorio de aplicación transcurrirá del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2031, según establece la disposición adicional 1 de la citada circular.

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