LexTotal

Legislación › Circular

Circular 5/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica.

En vigor Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Publicada el 19 de diciembre de 2019 · Último cambio el 26 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Criterios generales de retribución de la actividad de transporte.
  6. Artículo 4. Periodos regulatorios.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Retribución de una empresa transportista. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  9. Artículo 6. Retribución por inversión de cada una de las instalaciones de la red de transporte. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  10. Artículo 7. Reconocimiento del valor de inversión con derecho a retribución a cargo del sistema de las instalaciones cuya puesta en servicio es posterior al 31 de diciembre de 2023, que no estén catalogadas como instalaciones singulares. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  11. Artículo 7 bis. Ajuste de los valores reales de inversión al final de cada semiperiodo regulatorio para las instalaciones puestas en servicio con posterioridad al 31 de diciembre de 2023.
  12. Artículo 8. Retribución por operación y mantenimiento de cada una de las instalaciones de la red de transporte.
  13. Artículo 9. Cálculo de la retribución de instalaciones singulares. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  14. Artículo 10. Extensión de la vida útil de las instalaciones de la red de transporte.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 11. Supervisión del cumplimiento de los planes de la inversión.
  17. Artículo 12. Evaluación de la ejecución de los planes de inversión.
  18. Artículo 13. Contenido y formato detallado para el seguimiento de los planes de inversión.
  19. CAPÍTULO IV
  20. Artículo 14. Incorporación de instalaciones existentes a la red de transporte.
  21. CAPÍTULO V
  22. Artículo 15. Establecimiento de un incentivo de calidad. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  23. CAPÍTULO VI
  24. Artículo 16. Obligaciones de información.
  25. Artículo 17. Inspecciones.
  26. CAPÍTULO VII
  27. Artículo 18. Ajuste retributivo por empleo de activos y recursos regulados en otras actividades.
  28. Artículo 19. Prudencia financiera requerida a los titulares de activos de red de transporte. 2 redacciones · cambió el 26/12/2025
  29. Artículo 20. Adelanto de inversiones previstas en la planificación.
  30. CAPÍTULO VIII
  31. Artículo 21. Instalaciones tipo y valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado aplicables a las instalaciones de transporte de energía eléctrica.
  32. Disposición adicional primera. Periodo regulatorio de aplicación.
  33. Disposición adicional segunda. Particularidades del periodo 2020-2025.
  34. Disposición adicional tercera. Aplicación gradual de la penalización para procurar la prudencia financiera.
  35. Disposición adicional cuarta. Tasa de retribución financiera TRFp.
  36. Disposición transitoria única. Cuantificación del ajuste retributivo derivado del empleo de activos en actividades diferentes al transporte.
  37. Disposición final única. Entrada en vigor.
  38. [firma]
  39. ANEXO
  40. ANEXO I
  41. ANEXO II
  42. ANEXO III
  43. ANEXO IV
  44. ANEXO V
  45. ANEXO VI
  46. ANEXO VII
  47. ANEXO VIII
  48. ANEXO IX
  49. ANEXO X