Legislación › Orden SCB/1240/2019, de 18 de diciembre, por la que se publica el texto refundido de los Estatutos de la Organización Nacional de Ciegos Españoles.
Artículo 73. Patrimonio de la ONCE.
Artículo 73. Patrimonio de la ONCE.
El Patrimonio de la ONCE está integrado por:
a) Los derechos sobre bienes inmuebles cuya titularidad posea en el presente, adquiera o asuma en el futuro.
b) Los bienes muebles, títulos valores y capitales de entes de naturaleza institucional, asociativa o societaria, que puedan constituirse o en los que la ONCE participe.
c) Los derechos de propiedad intelectual e industrial y los derechos sobre bienes incorporales, que mediante adquisición o donación le puedan corresponder.
d) Los derechos de cobro correspondientes a las diferentes operaciones que realice la Organización.
e) Cualquier otro bien o derecho que legalmente le pertenezca.


