LexTotal

Legislación › Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.

Artículo 13. Obligatoriedad de la inscripción.

Artículo 13. Obligatoriedad de la inscripción.

Tendrán carácter obligatorio los actos inscribibles que se enumeran en el artículo siguiente.

Igualmente, la inscripción de la entidad en el Inventario será requisito necesario para obtener el número de identificación fiscal definitivo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para las entidades de nueva creación.

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →