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Orden HAC/1271/2019, de 9 de diciembre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, sobre marcas fiscales previstas para bebidas derivadas.
En vigor Ministerio de Hacienda · Publicada el 31 de diciembre de 2019 · Último cambio el 2 de febrero de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Marcas fiscales para bebidas derivadas.
- Artículo 2. Aprobación del modelo 517 «Solicitud de marcas fiscales del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas».
- Artículo 3. Procedimiento para la autorización y entrega física de las marcas fiscales.
- Artículo 4. Información a incorporar tras la recepción de las marcas fiscales. 2 redacciones · cambió el 09/07/2020
- Artículo 5. Contabilidad de marcas fiscales.
- Artículo 6. Procedimiento de destrucción, inutilización o baja electrónica de los códigos de seguridad.
- Disposición adicional única. Declaración de existencias y destrucción de marcas fiscales. 2 redacciones · cambió el 09/07/2020
- Disposición transitoria primera. Periodo transitorio para la adhesión de marcas fiscales. 2 redacciones · cambió el 09/07/2020
- Disposición transitoria segunda. Mantenimiento de la validez de determinadas precintas. 3 redacciones · cambió el 02/02/2024
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende esta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios.
- Disposición final segunda. Tratamiento de datos personales.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I
- ANEXO II


