Legislación › Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.
Artículo 27. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.
Artículo 27. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.
Los objetos y símbolos retirados podrán depositarse en el Instituto de la Memoria Histórica de Extremadura una vez que se cree o en el organismo que la Junta de Extremadura determine transitoriamente, garantizando el cese de su exhibición pública.


