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Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 13 de febrero de 2019 · Último cambio el 21 de septiembre de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 21/09/2026
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Principios generales.
  6. Artículo 3. Medidas.
  7. Artículo 4. Conceptos básicos.
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 5. Determinación de las víctimas.
  11. Artículo 6. Censo.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 7. Reglamentación de las intervenciones en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura.
  14. Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.
  15. Artículo 9. Autorización de los distintos procesos de intervención.
  16. Artículo 10. Procedimiento para las actividades de localización, exhumación e identificación de víctimas.
  17. Artículo 11. Permisos de acceso a los terrenos de intervención.
  18. Artículo 12. Hallazgo casual de restos humanos.
  19. Artículo 13. Depósito de restos durante el proceso de investigación.
  20. Artículo 14. Traslado de restos y pruebas genéticas.
  21. Artículo 15. Mapa de fosas o de localización de restos.
  22. Artículo 16. Memoria de las fosas investigadas.
  23. Artículo 17. Informes finales de las intervenciones.
  24. Artículo 18. Denuncia y personación ante los órganos judiciales.
  25. TÍTULO II
  26. CAPÍTULO I
  27. Artículo 19. Reparación.
  28. Artículo 20. Reconocimiento de las víctimas.
  29. Artículo 21. Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar y la Dictadura.
  30. Artículo 22. Fosas comunes en cementerios.
  31. Artículo 23. Reparación por trabajos forzados y/o privación de libertad.
  32. Artículo 24. Investigación científica y divulgación.
  33. CAPÍTULO II
  34. Artículo 25. Elementos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática.
  35. Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
  36. Artículo 27. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.
  37. CAPÍTULO III
  38. Artículo 28. Lugar de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  39. Artículo 29. Inventario de Lugares de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  40. Artículo 30. Procedimiento de inscripción.
  41. Artículo 31. Modificación y cancelación de la inscripción.
  42. Artículo 32. Efectos de la inscripción y anotación preventiva.
  43. Artículo 33. Obligaciones de las personas titulares.
  44. Artículo 34. Régimen de protección y conservación.
  45. Artículo 35. Protección en relación con instrumentos de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
  46. Artículo 36. Difusión e interpretación.
  47. Artículo 37. Medidas de fomento en relación con los Lugares inscritos.
  48. TÍTULO III
  49. Artículo 38. Documentos de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura y su protección.
  50. Artículo 39. Preservación y adquisición de documentos de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  51. Artículo 40. Derecho de acceso a los documentos.
  52. TÍTULO IV
  53. Artículo 41. Reconocimiento del papel y la relevancia del movimiento asociativo.
  54. Artículo 42. Registro de Entidades de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  55. Artículo 43. Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  56. Artículo 44. Fomento de la actividad asociativa.
  57. TÍTULO V
  58. CAPÍTULO I
  59. Artículo 45. Plan Extremeño de Memoria Histórica y Democrática.
  60. Artículo 46. Seguimiento y evaluación del Plan Extremeño de Memoria Histórica y Democrática.
  61. CAPÍTULO II
  62. Artículo 47. Instituto de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
  63. CAPÍTULO III
  64. Artículo 48. Recuperación de la Memoria Histórica y Democrática mediante la intervención en fosas.
  65. Artículo 49. Ámbito educativo.
  66. Artículo 50. Colaboración con las Entidades Locales.
  67. TÍTULO VI
  68. Artículo 51. Régimen jurídico.
  69. Artículo 52. Responsables.
  70. Artículo 53. Infracciones.
  71. Artículo 54. Agravación de la calificación.
  72. Artículo 55. Sanciones.
  73. Artículo 56. Órganos competentes.
  74. Artículo 57. Procedimiento.
  75. Artículo 58. Prescripción.
  76. Disposición adicional primera.
  77. Disposición adicional segunda.
  78. Disposición adicional tercera.
  79. Disposición adicional cuarta.
  80. Disposición adicional quinta.
  81. Disposición adicional sexta. Relaciones con la administración general del Estado y otras comunidades autónomas.
  82. Disposición adicional séptima. Reparación o indemnización de índole económica o profesional.
  83. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  84. Disposición final. Entrada en vigor.
  85. [firma]