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Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 13 de febrero de 2019 · Último cambio el 21 de septiembre de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 21/09/2026
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios generales.
- Artículo 3. Medidas.
- Artículo 4. Conceptos básicos.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Determinación de las víctimas.
- Artículo 6. Censo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Reglamentación de las intervenciones en fosas de la Guerra Civil y la Dictadura.
- Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.
- Artículo 9. Autorización de los distintos procesos de intervención.
- Artículo 10. Procedimiento para las actividades de localización, exhumación e identificación de víctimas.
- Artículo 11. Permisos de acceso a los terrenos de intervención.
- Artículo 12. Hallazgo casual de restos humanos.
- Artículo 13. Depósito de restos durante el proceso de investigación.
- Artículo 14. Traslado de restos y pruebas genéticas.
- Artículo 15. Mapa de fosas o de localización de restos.
- Artículo 16. Memoria de las fosas investigadas.
- Artículo 17. Informes finales de las intervenciones.
- Artículo 18. Denuncia y personación ante los órganos judiciales.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Reparación.
- Artículo 20. Reconocimiento de las víctimas.
- Artículo 21. Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar y la Dictadura.
- Artículo 22. Fosas comunes en cementerios.
- Artículo 23. Reparación por trabajos forzados y/o privación de libertad.
- Artículo 24. Investigación científica y divulgación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 25. Elementos contrarios a la Memoria Histórica y Democrática.
- Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
- Artículo 27. Destino de los elementos que ensalcen la Dictadura franquista.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Lugar de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- Artículo 29. Inventario de Lugares de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- Artículo 30. Procedimiento de inscripción.
- Artículo 31. Modificación y cancelación de la inscripción.
- Artículo 32. Efectos de la inscripción y anotación preventiva.
- Artículo 33. Obligaciones de las personas titulares.
- Artículo 34. Régimen de protección y conservación.
- Artículo 35. Protección en relación con instrumentos de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente.
- Artículo 36. Difusión e interpretación.
- Artículo 37. Medidas de fomento en relación con los Lugares inscritos.
- TÍTULO III
- Artículo 38. Documentos de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura y su protección.
- Artículo 39. Preservación y adquisición de documentos de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- Artículo 40. Derecho de acceso a los documentos.
- TÍTULO IV
- Artículo 41. Reconocimiento del papel y la relevancia del movimiento asociativo.
- Artículo 42. Registro de Entidades de Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- Artículo 43. Consejo de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- Artículo 44. Fomento de la actividad asociativa.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 45. Plan Extremeño de Memoria Histórica y Democrática.
- Artículo 46. Seguimiento y evaluación del Plan Extremeño de Memoria Histórica y Democrática.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Instituto de la Memoria Histórica y Democrática de Extremadura.
- CAPÍTULO III
- Artículo 48. Recuperación de la Memoria Histórica y Democrática mediante la intervención en fosas.
- Artículo 49. Ámbito educativo.
- Artículo 50. Colaboración con las Entidades Locales.
- TÍTULO VI
- Artículo 51. Régimen jurídico.
- Artículo 52. Responsables.
- Artículo 53. Infracciones.
- Artículo 54. Agravación de la calificación.
- Artículo 55. Sanciones.
- Artículo 56. Órganos competentes.
- Artículo 57. Procedimiento.
- Artículo 58. Prescripción.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta. Relaciones con la administración general del Estado y otras comunidades autónomas.
- Disposición adicional séptima. Reparación o indemnización de índole económica o profesional.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final. Entrada en vigor.
- [firma]


