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Legislación › Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.

Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.

Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.

El estudio, valoración y coordinación del proceso de actuación será gestionado por el Instituto de la Memoria Histórica y Democrática.

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