Legislación › Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.
Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.
Artículo 8. Del proceso de estudio de solicitudes y coordinación de los trabajos.
El estudio, valoración y coordinación del proceso de actuación será gestionado por el Instituto de la Memoria Histórica y Democrática.


