Legislación › Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de Extremadura.
Disposición transitoria quinta. Renovación de los miembros del Consejo de Política Local.
Disposición transitoria quinta. Renovación de los miembros del Consejo de Política Local.
Tras la celebración de las elecciones autonómicas y locales, así como a partir de la renovación de los cargos públicos representativos o ejecutivos de la Junta de Extremadura, se procederá a abrir el proceso de designación y el nombramiento de los nuevos miembros. En todo caso, la renovación de los miembros de la institución deberá realizarse como máximo, ocho meses después de la celebración de las respectivas elecciones.
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