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Legislación › Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.

Artículo 8. Protección del derecho a la vida.

Artículo 8. Protección del derecho a la vida.

La Generalitat garantizará y protegerá, dentro de sus competencias, el derecho a la vida de los no nacidos y menores de edad que se encuentren en el territorio de la Comunitat Valenciana cuando exista una situación real de riesgo o amenaza, mediante la adopción de las medidas administrativas que resulten pertinentes o instando las medidas judiciales oportunas, con el fin de garantizar la protección real y efectiva de su vida.

Se modifica por el art. 143 de la Ley 5/2026, de 31 de julio. BOE-A-2026-19331

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de agosto de 2026 En vigor BOE-A-2026-19331 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 2018 Texto original Leer

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