Legislación › Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia.
Artículo 8. Protección del derecho a la vida.
Artículo 8. Protección del derecho a la vida.
La Generalitat garantizará y protegerá, dentro de sus competencias, el derecho a la vida de los no nacidos y menores de edad que se encuentren en el territorio de la Comunitat Valenciana cuando exista una situación real de riesgo o amenaza, mediante la adopción de las medidas administrativas que resulten pertinentes o instando las medidas judiciales oportunas, con el fin de garantizar la protección real y efectiva de su vida.
Se modifica por el art. 143 de la Ley 5/2026, de 31 de julio. BOE-A-2026-19331
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de agosto de 2026 En vigor | BOE-A-2026-19331 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2018 | Texto original | Leer |


