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Legislación › Orden DEF/160/2019, de 21 de febrero, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias.

Artículo 14. Despliegue de la UME.

Artículo 14. Despliegue de la UME.

El despliegue de la Unidad Militar de Emergencias es el siguiente:

– Base Aérea de Torrejón de Ardoz (Madrid):

• Cuartel General.

• Unidad de Cuartel General.

• Batallón de Transmisiones.

• Batallón I de Intervención en Emergencias.

• Regimiento de Apoyo e Intervención en Emergencias.

• Escuela Militar de Emergencias.

– Base Aérea de Morón (Sevilla):

• Batallón II de Intervención en Emergencias.

– Bétera (Valencia):

• Batallón III de Intervención en Emergencias.

– Base Aérea de Zaragoza (Zaragoza):

• Batallón IV de Intervención en Emergencias.

– León (León):

• Batallón V de Intervención en Emergencias.

– Base Aérea de Gando (Gran Canaria) y Los Rodeos (Tenerife):

• Unidad de Intervención en Emergencias «Canarias», dependiente orgánicamente del BIEM II.

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