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Legislación › Orden DEF/160/2019, de 21 de febrero, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Unidad Militar de Emergencias.

Artículo 19. Relaciones con organismos ajenos al Ministerio de Defensa.

Artículo 19. Relaciones con organismos ajenos al Ministerio de Defensa.

La Unidad Militar de Emergencias, en el ejercicio de sus competencias, podrá relacionarse con autoridades, organismos y entidades públicas y privadas ajenas al Ministerio de Defensa, dentro del ámbito que define su misión y cometidos.

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