Legislación › Ley 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI.
Disposición final segunda. Modificación del artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, y establecimiento de plazo de cumplimiento con una disposición transitoria.
Disposición final segunda. Modificación del artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, y establecimiento de plazo de cumplimiento con una disposición transitoria.
Se modifica el artículo 35 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana, con la incorporación de un punto 5 y se añade una nueva disposición transitoria con el siguiente contenido:
35.5 La policía local de municipios de más de 50.000 habitantes contará con un grupo especializado en la prevención de los delitos de odio.»
«Nueva disposición transitoria.
Los grupos policiales a los que hace referencia el artículo 35.5 de la presente ley deberán estar creados antes del 1 de enero de 2023 y se constituirán en el marco de la colaboración con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.»
Se modifica por el art. 64 de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. BOE-A-2021-1859
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1859 | Leer | Qué cambió |
| 4 de diciembre de 2018 | Texto original | Leer |
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