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Legislación › Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.

Artículo 21. Programa de difusión de la mejora y certámenes de ganado selecto.

Artículo 21. Programa de difusión de la mejora y certámenes de ganado selecto.

1. Cada asociación de criadores de razas puras podrá establecer y en ese caso presentar, para su aprobación por la autoridad competente, un programa de difusión de la mejora de su raza, que complementará el Programa de cría aprobado para esa raza, y que incluirá, al menos, las actuaciones previstas y los datos de que disponga relativos a:

a) Asesoramiento zootécnico a las explotaciones.

b) Formación a los ganaderos.

c) Publicaciones, catálogos de reproductores y programas de divulgación de la raza y de sus productos y utilidades.

d) Programas de distribución de dosis seminales, embriones y material genético, para las pruebas de descendencia, o, en su caso, de monta natural, o cesión de reproductores.

e) Certámenes de ganado selecto y otras exhibiciones o pruebas.

f) Organización y venta de reproductores selectos y material genético.

g) Planes de promoción y exportación.

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