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Legislación › Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears.

Disposición transitoria única. Adaptación a la administración electrónica.

Disposición transitoria única. Adaptación a la administración electrónica.

Mientras no entren en vigor las normas que regulan el archivo electrónico único de la Administración de la comunidad autónoma o no se disponga de los medios electrónicos necesarios que permitan la tramitación electrónica íntegra de los expedientes electrónicos previstos en esta ley, se podrán mantener los mismos canales, medios y sistemas vigentes de tramitación de los procedimientos hasta la fecha de entrada en vigor de esta ley.

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