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Orden PCI/227/2019, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2019.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad · Publicada el 5 de marzo de 2019 · Último cambio el 12 de octubre de 2019 · Ver en el BOE
Índice
- pa
- [firma]
- ANEJO
- Obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal
- Primero. Objeto.
- Segundo. Voto por correo de electores residentes en España.
- Tercero. Voto por correo de electores residentes ausentes.
- Cuarto. Voto por correo de electores temporalmente ausentes.
- Quinto. Voto por correo del personal embarcado.
- Sexto. Voto del personal de las Fuerzas Armadas embarcado o en situaciones excepcionales vinculadas con la defensa nacional.
- Séptimo. Voto por correo de los internos en centros penitenciarios.
- Octavo. Otros envíos realizados por la Oficina del Censo Electoral y envíos dirigidos a las personas designadas como miembros de Mesa.
- Noveno. Recogida de la documentación electoral en la Mesa.
- Décimo. Envíos de propaganda electoral.
- Undécimo. Condiciones específicas de la prestación del servicio.
- Duodécimo. Condiciones específicas para los envíos postales de propaganda electoral.
- Decimotercero. Financiación de las obligaciones de servicio público encomendadas.
- Decimocuarto. Medios personales y materiales necesarios.
- Decimoquinto. Celebración de elecciones en aplicación del artículo 99.5 de la Constitución.
- ANEXO


