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Legislación › Orden PCI/227/2019, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2019.

Decimoquinto. Celebración de elecciones en aplicación del artículo 99.5 de la Constitución.

Decimoquinto. Celebración de elecciones en aplicación del artículo 99.5 de la Constitución.

En el supuesto de repetición de elecciones a Cortes Generales en aplicación de lo previsto en el artículo 99.5 de la Constitución Española, las actuaciones contempladas en el presente Acuerdo deberán ajustarse a las previsiones recogidas en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.

Como consecuencia de lo establecido en dicha disposición, el plazo para el depósito de envíos de propaganda electoral a que se refiere el punto 5 del apartado duodécimo deberá efectuarse entre los días 16 a 28 de octubre.

Se añade por el apartado primero del Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de septiembre de 2019, publicado por Orden PCI/1019/2019, de 11 de octubre. BOE-A-2019-14640

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