Legislación › Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.
Artículo 12. Medidas de orden fiscal.
Artículo 12. Medidas de orden fiscal.
Las familias monoparentales o en situación de monoparentalidad tendrán el mismo tratamiento que reconoce la normativa fiscal a las familias numerosas en aquellos tributos en los que la Comunidad Foral de Navarra dispone de competencias normativas de acuerdo a lo establecido en el Convenio Económico.
Se modifica por la disposición final 7.2 de la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo. BOE-A-2020-3785
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de marzo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-3785 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | Texto original | Leer |


