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Legislación › Ley Foral 5/2019, de 7 de febrero, para la acreditación de las familias monoparentales en la Comunidad Foral de Navarra.

Artículo 12. Medidas de orden fiscal.

Artículo 12. Medidas de orden fiscal.

Las familias monoparentales o en situación de monoparentalidad tendrán el mismo tratamiento que reconoce la normativa fiscal a las familias numerosas en aquellos tributos en los que la Comunidad Foral de Navarra dispone de competencias normativas de acuerdo a lo establecido en el Convenio Económico.

Se modifica por la disposición final 7.2 de la Ley Foral 5/2020, de 4 de marzo. BOE-A-2020-3785

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de marzo de 2020 En vigor BOE-A-2020-3785 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 Texto original Leer

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