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Legislación › Ley 1/2019, de 14 de febrero, de creación del Consejo de la Juventud de Cantabria.

Artículo 20. Régimen patrimonial.

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Artículo 20. Régimen tributario. patrimonial.
El 1. La gestión, administración y explotación de los bienes y derechos del Consejo de la Juventud de Cantabria gozará de las mismas exenciones y bonificaciones tributarias establecidas o que se establezcan corresponderán a favor este.
2. El Consejo
de la Comunidad Autónoma Juventud de Cantabria. Cantabria podrá adquirir para el cumplimiento de su fin toda clase de bienes por cualquiera de los modos admitidos en Derecho.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-3297 Leer Qué cambió
26 de febrero de 2019 Texto original Leer

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