Legislación › Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.
Artículo 18. Información precontractual.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de febrero de 2019 y la del 30 de noviembre de 2022.
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Artículo 18. Información precontractual.
Las personas consumidoras tienen derecho a que se les entregue, al menos con una antelación de tres días hábiles, un modelo de contrato con las condiciones generales previstas, en los términos establecidos en el artículo 39. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 27 de febrero de 2019 | Texto original | Leer |


