Legislación › Ley 6/2019, de 20 de febrero, del Estatuto de las personas consumidoras de Extremadura.
Disposición adicional segunda. Promoción interna de agentes de inspección de consumo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de febrero de 2019 y la del 30 de noviembre de 2022.
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Disposición adicional segunda. Promoción interna de agentes de inspección de consumo.
Podrá accederse directamente al cuerpo de inspectores de consumo del grupo A desde los puestos de Agente de inspección de consumo del grupo C1 a través del sistema de promoción interna, para lo que se requerirá la titulación establecida para el acceso al grupo A. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 27 de febrero de 2019 | Texto original | Leer |
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