Legislación › Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca.
Artículo 52. Obligaciones de las empresas energéticas.
Artículo 52. Obligaciones de las empresas energéticas.
1. Las empresas distribuidoras de energía que operen en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma estarán obligadas a facilitar a las administraciones públicas información de los consumos de productos energéticos, en los términos y las condiciones que se establezcan en la normativa que se desarrolle.
2. Igualmente, será objeto de desarrollo la obligatoriedad de información de las empresas productoras y transformadoras de los distintos tipos de energía.


