Legislación › Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.
ANEXO I
ANEXO I
Criterios de valoración
En el caso de proyectos plurianuales, estos criterios se valorarán de forma individual para cada anualidad del proyecto
| Criterio | Descripción | Baremo | |
|---|---|---|---|
| 1 | Número de mujeres destinatarias del proyecto. |
Número de mujeres destinatarias del proyecto. Hasta un máximo de 20 puntos. |
– Número de mujeres ˂ 200: 10 puntos. – Número de mujeres ≥ 200 y ≤ 500: 15 puntos. – Número de mujeres > 500: 20 puntos. |
| 2 | Número de comunidades autónomas atendidas. |
Número de CC.AA. en las que se realicen las actividades incluidas en el proyecto. Hasta un máximo de 10 puntos. |
– Número de comunidades autónomas ˃ 6 y ≤ 9: 5 puntos. – Número de comunidades autónomas ≥ 10: 10 puntos. |
| 3 | Ratio entre el número de provincias con densidad de población inferior a la media nacional y el número de actividades de ámbito presencial. |
Cociente entre el número de provincias cuya densidad de población sea inferior a la media nacional y el número de actividades de ámbito presencial incluidas en el proyecto. Hasta un máximo de 20 puntos. |
– Ratio entre el número de provincias inferior a la media nacional y el número de actividades >0,25 y ≤ 0,5: 5 puntos. – Ratio entre el número de provincias por debajo de la media nacional y el número de actividades > 0,5 y ≤ 0,75: 10 puntos. – Ratio entre el número de provincias inferior a la media nacional y el número de actividades > 0,75: 20 puntos. |
| 4 | Asistencia de jóvenes a las jornadas del proyecto. |
Presencia de asistentes menores de 41 años en las jornadas del proyecto. Hasta un máximo de 20 puntos. |
– Más del 15 % de asistentes del proyecto son menores de 41 años: 15 puntos. – Más del 20 % de asistentes del proyecto son menores de 41 años: 20 puntos. |
| 5 | Divulgación en las jornadas de la titularidad compartida. | Dedicar en el proyecto más del 15 % del tiempo a la titularidad compartida: 10 puntos. | – 10 puntos. |
| 6 | Divulgación en las jornadas sobre la Política Agraria Común (PAC). | Dedicar en el proyecto más del 15 % del tiempo a la PAC: 10 puntos. | – 10 puntos. |
| 7 | Grado de ejecución presupuestaria del proyecto en la convocatoria anterior. |
Grado de ejecución del proyecto en la convocatoria anterior. Hasta un máximo de 10 puntos. |
– Entidad no beneficiaria en convocatoria anterior: 5 puntos. – Ejecución ≥70 % y ≤90 %: 5 puntos. – Ejecución >90 %: 10 puntos. |
| Puntuación máxima: 100 puntos. | |||
| Puntuación mínima: 50 puntos*. | |||
|
* En caso de que la convocatoria se publique en el segundo semestre del año correspondiente la puntuación mínima será de 30 puntos.» |
|||
Se modifica por el art. único.16 del Real Decreto 662/2023, de 18 de julio. BOE-A-2023-16646
Téngase en cuenta que el criterio de valoración 7 entrará en vigor con la convocatoria de las subvenciones correspondiente al ejercicio 2024, según establece la disposición final 4 del citado Real Decreto.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de julio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-16646 | Leer | Qué cambió |
| 17 de marzo de 2019 | Texto original | Leer |


