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Legislación › Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional para la realización de actividades de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.

ANEXO I

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de marzo de 2019 y la del 20 de julio de 2023. Tachado: lo que se quitó (74 palabras). Subrayado: lo que se añadió (229 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO I
Criterios de valoración
En el caso de proyectos plurianuales, estos criterios se valorarán de forma individual para cada anualidad del proyecto
·
Criterio ·
Descripción ·
Baremo ·
1 ·
N.º Número de mujeres destinatarias del proyecto. ·
Número de mujeres destinatarias del proyecto.
Hasta un máximo de 30 20 puntos.
·
– N.º Número de mujeres ≤ ˂ 200: 10 puntos.
– N.º Número de mujeres > ≥ 200 y ≤ 500: 20 15 puntos.
– N.º Número de mujeres > 500: 30 20 puntos.
·
2 ·
N.º Número de CC.AA. comunidades autónomas atendidas. ·
N.º Número de CC.AA. en las que se realicen las actividades incluidas en el proyecto.
Hasta un máximo de 20 10 puntos.
·
– N.º de CC.AA. < 5: 10 puntos.
– N.º
Número de CC.AA. ≥ 5 comunidades autónomas ˃ 6 y < 15: 15 ≤ 9: 5 puntos.
– N.º Número de CC.AA. comunidades autónomas ≥ 15: 20 10: 10 puntos.
·
3 ·
N.º CC.AA. Ratio entre el número de provincias con densidad de población por debajo de inferior a la media nacional. nacional y el número de actividades de ámbito presencial. ·
Desarrollo Cociente entre el número de actividades en CC.AA. provincias cuya densidad de población sea inferior a la media nacional. nacional y el número de actividades de ámbito presencial incluidas en el proyecto.
Hasta un máximo de 10 20 puntos.
·
– Realiza actividades en, al menos, la mitad de las CC.AA con densidad Ratio entre el número de población provincias inferior a la media nacional: nacional y el número de actividades >0,25 y ≤ 0,5: 5 puntos.
– Realiza Ratio entre el número de provincias por debajo de la media nacional y el número de actividades en todas las CC.AA. con densidad > 0,5 y ≤ 0,75: 10 puntos.
– Ratio entre el número
de población provincias inferior a la media nacional: 10 nacional y el número de actividades > 0,75: 20 puntos.
·
4 ·
Asistencia de jóvenes a las jornadas del proyecto. ·
Presencia de asistentes menores de 41 años en las jornadas del proyecto.
Hasta un máximo de 35 20 puntos.
·
– Más del 15 % de asistentes del proyecto son menores de 41 años: 15 puntos.
– Más del
20 % de los asistentes del proyecto son menores de 41 años: 35 20 puntos.
·
5 ·
Divulgación en las jornadas de la titularidad compartida. ·
Dedicar en el proyecto más del 25% 15 % del tiempo a la titularidad compartida: 5 10 puntos. ·
– 10 puntos. ·
6 ·
Divulgación en las jornadas sobre la Política Agraria Común (PAC). ·
Dedicar en el proyecto más del 15 % del tiempo a la PAC: 10 puntos. ·
– 10 puntos. ·
7 ·
Grado de ejecución presupuestaria del proyecto en la convocatoria anterior. ·
Grado de ejecución del proyecto en la convocatoria anterior.
Hasta un máximo de 10 puntos.
·
– Entidad no beneficiaria en convocatoria anterior:
5 puntos.
– Ejecución ≥70 % y ≤90 %: 5 puntos.
– Ejecución >90 %: 10 puntos.
·
Puntuación máxima: 100 puntos. ·
Puntuación mínima: 50 puntos*. ·
* En caso de que la convocatoria se publique en el segundo semestre del año correspondiente la puntuación mínima será de 30 puntos puntos.»
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2023-16646 Leer Qué cambió
17 de marzo de 2019 Texto original Leer

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