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Legislación › Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.

Artículo 100. Actividades complementarias relacionadas con équidos.

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Artículo 100. Actividades complementarias relacionadas con équidos.
1. Tienen el carácter de actividad complementaria de la explotación agraria, agraria y no carácter deportivo, las siguientes actividades ecuestres ecuestres: el adiestramiento y el pupilaje de équidos; los certámenes de carácter no permanente que recoge no necesiten de instalaciones o infraestructuras permanentes; la creación, la utilización y la explotación de rutas y senderos para équidos de la explotación; el artículo 5.1.c).6 uso de esta ley. équidos en utilidades ambientales y terapéuticas; la cría, el pupilaje y el entrenamiento de équidos destinados a deportes hípicos y su práctica.
2. No se consideran incluidas en la actividad complementaria de la explotación agraria las actividades comerciales, de restauración, sociales, de espectáculos o similares que se quieran asociar asociarse con las actividades ecuestres anteriores, ni las relacionadas con la práctica del polo. anteriores.
3. En ningún caso se permite en a la explotación agraria ningún tipo de juego o apuesta sobre estas actividades.
2. 4. Tendrán carácter de uso admitido y no estarán sujetos en ningún caso a la declaración de interés general las actividades ecuestres complementarias, reguladas por este artículo, y las infraestructuras y edificaciones relacionadas con estas actividades, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que estén vinculadas a una explotación agraria preferente. La pérdida de esta condición provoca la prohibición del ejercicio de estas actividades.
b) Que las instalaciones se destinen a actividades ecuestres.
5.
Las administraciones públicas o sus organismos instrumentales pueden crear rutas ecuestres de uso libre dentro de las fincas públicas o en zonas de dominio público de su responsabilidad, sin necesidad de la declaración de interés general.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-14461 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2019 Texto original Leer

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