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Legislación › Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.

Artículo 133. Carácter estratégico de la producción agraria ecológica.

Artículo 133. Carácter estratégico de la producción agraria ecológica.

La producción agraria ecológica tiene la consideración de estratégica como sistema de producción transversal con reconocimiento internacional, incluido en el Codex Alimentarius, por su contribución a la conservación del medio, la internalización de costes ambientales y la generación de beneficios públicos tanto sociales como ambientales.

El Gobierno de las Illes Balears contribuirá a cubrir los gastos derivados de la certificación de las explotaciones agrarias ecológicas y sus productos.

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