LexTotal

Legislación › Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.

Artículo 150. Identificación.

Artículo 150. Identificación.

La administración pública competente en materia agraria, mediante un reglamento, puede regular el uso de un logotipo identificador de los establecimientos de venta directa.

← Artículo 149 Índice Artículo 151 →