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Legislación › Ley 3/2019, de 31 de enero, Agraria de las Illes Balears.

Artículo 187. Infracciones en materia de gestión de biomasa vegetal.

Artículo 187. Infracciones en materia de gestión de biomasa vegetal.

1. Son infracciones en materia de gestión de biomasa vegetal:

a) Instalar un punto de recogida y tratamiento de biomasa vegetal sin autorización.

b) Instalar un punto de almacenamiento y transferencia de biomasa vegetal sin autorización.

c) La inexactitud, la falsedad o la omisión de datos, manifestaciones o documentos de carácter esencial que se adjunten o se incorporen a la solicitud de la autorización.

2. Las infracciones que prevén los apartados a), b) y c) anteriores se califican como leves.

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