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Legislación › Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.

Artículo 6. Fines y funciones.

Artículo 6. Fines y funciones.

1. El SEMCA tiene como fin primordial el ejercicio de las competencias en materia de atención de llamadas de urgencia y emergencia a través del número 112, de protección civil y emergencias, y de prevención, extinción de incendios y salvamento.

2. El SEMCA desempeñará las funciones que se especifican en su estatuto, aprobado por la disposición final segunda de esta Ley. Las competencias y funciones que, conforme a esta Ley, corresponden al SEMCA se llevarán a cabo bajo la dependencia funcional de la Dirección General competente en materia de protección civil y emergencias.

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