Legislación › Ley 6/2018, de 22 de noviembre, por el que se crea el Organismo Autónomo Servicio de Emergencias de Cantabria.
Artículo 7. Consejería de adscripción.
Artículo 7. Consejería de adscripción.
La Consejería de adscripción es la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias a la que corresponde:
a) Proponer el nombramiento y cese de los vocales del Consejo Rector en representación de la Comunidad Autónoma.
b) Proponer, a través de la Dirección General competente en materia de protección civil y emergencias, el reglamento de organización, funcionamiento y régimen interior y su estructura administrativa.
c) Proponer al Gobierno para su aprobación, a través de la Dirección General competente en materia de protección civil y emergencias, el Plan Inicial de actuación del SEMCA en el que se definan de forma específica y detallada sus objetivos.
d) Aprobar la propuesta anual de necesidades de recursos humanos del SEMCA y tramitar la relación de puestos de trabajo, el catálogo de puestos de trabajo y su oferta pública de empleo, a propuesta del Consejo Rector.
e) Formular el anteproyecto de presupuesto del SEMCA.
f) Conocer la memoria anual del SEMCA.
g) Proponer al Gobierno el nombramiento del Director del SEMCA a propuesta de su Consejo Rector.


