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Legislación › Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana.

Artículo 30. Encargo de intermediación a la oficina gestora.

Artículo 30. Encargo de intermediación a la oficina gestora.

Las personas titulares de parcelas ubicadas en la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la legislación civil aplicable, podrán encargar a la OGR, previa aceptación expresa por parte de esta, la intermediación con terceras personas con la finalidad de alcanzar la cesión del uso y aprovechamiento de las parcelas de las que sean titulares.

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