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Legislación › Ley 5/2019, de 28 de febrero, de estructuras agrarias de la Comunitat Valenciana.

Artículo 31. Tasas y precio de los servicios.

Artículo 31. Tasas y precio de los servicios.

La oficina gestora podrá aplicar tasas o precios públicos, según la naturaleza de los servicios prestados por la oficina gestora y, en su caso, por las entidades colaboradoras. Estas tasas se establecerán normativamente y se actualizarán periódicamente.

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