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Legislación › Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

Artículo 107. Derecho de petición.

Artículo 107. Derecho de petición.

Cualquier persona tiene el derecho de petición ante la Administración Pública Foral, de acuerdo con la Constitución Española y la ley orgánica que lo regula.

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