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Legislación › Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.

Artículo 74. Director Deportivo.

Artículo 74. Director Deportivo.

La actividad profesional de Director Deportivo comprende el análisis, planificación, dirección, ejecución, control y evaluación de actividades físico-deportivas en la prestación de servicios deportivos por parte de otros profesionales del deporte regulados en esta ley, sin menoscabo de su autonomía, competencia y responsabilidad en su ejercicio profesional.

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