Legislación › Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.
Artículo 89. Procedimiento.
Artículo 89. Procedimiento.
La potestad sancionadora de la Administración de la Comunidad Autónoma se ejercerá conforme a los principios y el procedimiento contenidos en la legislación de régimen jurídico del Sector Público, y del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.


