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Legislación › Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León.

Artículo 89. Procedimiento.

Artículo 89. Procedimiento.

La potestad sancionadora de la Administración de la Comunidad Autónoma se ejercerá conforme a los principios y el procedimiento contenidos en la legislación de régimen jurídico del Sector Público, y del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

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